La causa penal por la tragedia de El Rodeo, en Catamarca, avanza lentamente mientras se espera que sean juzgados sólo dos responsables la familia de la víctima santiagueña, Carolina Sal Castiglione (23), impulsa la anulación del sobreseimiento de numerosos funcionarios.
El alud ocurrió el 23 de enero de 2014 en El Rodeo y dejó un saldo de doce muertes, entre ellas Carolina, en un sitio elegido como residencia de veraneo por muchos santiagueños. El cuerpo de la joven no pudo ser rescatado, pese a intensas búsquedas.
En septiembre se dispuso que el tribunal que resolverá el recurso de casación planteado por las querellas de las familias Sal y Castiglione esté integrado por los jueces Carlos Figueroa Vicario (presidente), Vilma Molina, José Cáceres, Néstor Martel, Fabiana Gómez, María Rosales Andreotti y Mauricio Navarro Foressi.
“Hasta el momento no hemos tenido ninguna otra novedad de avance alguno en la tramitación del recurso, el que depende de la actuación del mencionado Tribunal”, indicó Agustín Sal, padre de la joven víctima.

La Cámara de Apelaciones de la justicia catamarqueña resolvió que la causa sea elevada a juicio sólo contra el exintendente de El Rodeo Félix Casas Doering y el exdirector de Defensa Civil Alfredo Saavedra, en tanto que confirmó el sobreseimiento para los once imputados restantes.
A esta instancia se había llegado luego de que en diciembre del año pasado, el exjuez de Control de Garantías Ramón Porfirio Acuña sobreseyera a los trece vinculados por el fatídico hecho del 23 enero de 2014.
En la resolución, Acuña dispuso el sobreseimiento de Eduardo Brizuela del Moral (exgobernador fallecido en agosto de este año), Néstor Rosales (exadministrador de Vialidad Provincial), Jorge Solá Jais (exadministrador de VP), Luis Alejandro Dal Bon, Elías del Señor Seleme, Hugo César Zurita, Miguel Ángel Villafáñez, José Alberto Argañaraz, Daniel Alejandro Acuña, Luis Alfredo Pinetta, Juan Negui (secretario de Recursos Hídricos), Félix Casas Doering (quien era intendente de El Rodeo al momento de ocurrida la tragedia) y Alfredo Saavedra (exdirector de Defensa Civil).
Las querellas manifestaron su descontento con el fallo de los camaristas de apelaciones Marcelo Soria, Patricia Olmi y Jorge Palacios porque dejaron sólo dos acusados para juzgar y mantuvieron “el sobreseimiento de todos los imputados que participaron en el diseño y construcción del puente del mástil”.
ADVERTENCIAS DESOÍDAS
La querella Sal y Castiglione también cuestionó que se hubiera desoído la pericia del ingeniero hidraúlico Daniel Farías, quien dijo en una entrevista a una radio catamarqueña en 2019: “El puente del mástil jugó un rol preponderante porque produjo un efecto potenciador de la capacidad destructiva de la crecida por el hecho de que se trata de un río (el Ambato) que arrastra grandes cantidades de materiales sólidos, entre fragmentos de roca”.

“Y la presencia del puente –advirtió- generó un efecto de represamiento temporario, lo cual contribuyó a que se produjeran desbordes sobre la margen derecha, sobre lo que denominamos terraplén de aproximación del puente. Y eso generó una vía preferencial de escurrimiento en el sector que afectó a una serie de viviendas que se encuentran sobre la margen derecha, inmediatamente aguas abajo del puente”.
El perito señaló que la presencia del puente, por su diseño, es aún “un aspecto de cuidado para el comportamiento de las crecidas, porque afecta sustancialmente el escurrimiento natural de las aguas en situaciones de crecidas”.
Farías recordó que hubo estudios previos del Instituto Nacional del Agua (INA), del Consejo Federal de Inversiones (CFI), de ingenieros, técnicos y geólogos que habían actuado a lo largo de unos 15 o 20 años antes de la ocurrencia del evento y “ya daban cuenta de la posibilidad de que se pudiera presentar un evento catastrófico de estas características porque la villa turística está enclavada dentro de un cono de deyección, formación geológica que exhibe alto potencial de riesgo ante crecidas repentinas”.