En la sesión del concejo Deliberante de este martes, presidida por el vicepresidente Lelio Manzanares, se aprobaron ordenanzas para aliviar el transporte semipúblico de pasajeros, «para sostener el trabajo y la actividad de rubros y/o servicios que conviven con el mismo», se afirmó. También se resolvió conceder una prórroga hasta la última sesión del año para que el Ejecutivo Municipal eleve el presupuesto 2022. Asimismo, se declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación a un lote de terreno ubicado sobre calle Chasqui, entre avenida Moreno y calle San Lorenzo, del barrio Sarmiento.
A instancias de la bancada del Frente Cívico, se sancionó la ordenanza por la cual se prorroga la autorización para circular, durante el año 2022, únicamente a las unidades vehiculares modelo 2011 que se encuentren afectadas al servicio de Taxis y Radiotaxis. Para acogerse al beneficio excepcional, deberán presentar la aprobación de la Revisión Técnica Vehicular de la unidad, además de observar los demás recaudos legales dispuestos por la Ordenanza N° 4.133 y 5.476, en relación a la solicitud y/o renovación de la habilitación correspondiente”.
En su artículo segundo se indica que “el vencimiento de la prórroga, operará en fecha 31 de diciembre del año 2022, debiendo a partir del vencimiento de dicho plazo, los prestadores de Taxis y Radiotaxis que resulten acogidos por el beneficio excepcional, en razón de poseer unidades vehiculares modelo 2011, adecuarse a la normativa vigente sobre la materia, a los efectos de solicitar y/o renovar la habilitación correspondiente”.
En lo atinente a los transportes escolares, el deliberativo dispuso “se extiende la aplicación de los artículos precedentes, a las unidades vehiculares que sean modelo 2011 y se encuentren afectados al servicio de transporte escolar, regulado por en el cuarto de la ordenanza N° 2.142/93”.
El cuerpo también dispuso modificar la normativa relativa a la renovación obligatoria de unidades afectadas al transporte semipúblico de pasajeros con la modificación de la ordenanza Nº 4.133/2007, como de su modificatoria N°5476/2017:
“a.1. Automóvil tipo sedán de cuatro puertas, carrocería metálica cerrada, con baúl maletero de no menos de 250 dm3 de capacidad útil; con un motor cuya cilindrada sea como mínimo de 1.000 cm3 y con capacidad interior para cuatro pasajeros adultos cómodamente sentados excluido el chofer”.
“a.2. Incorpórase para el servicio de taxis y/o radio taxis: vehículos tipo Berlingo, Kangoo, Partner, Q7 o Van; las que podrá ser utilizadas normalmente por los pasajeros habituales así como personas con discapacidad, con sus sillas de ruedas, bastón, perro guía u otro elemento ortopédico o necesario para el traslado”.
“a.3. Que la unidad tenga una antigüedad máxima de cinco (5) años al momento de solicitar la primera habilitación y supere sin observaciones la inspección técnica vehicular pertinente.
La antigüedad máxima permitida para los móviles para la prestación del servicio será de diez (10) años, aun cuando la unidad pueda superar la revisión técnica vehicular.
La unidad vehicular sobre la que se pretenda obtener la renovación correspondiente, podrá tener hasta un máximo de ocho (8) años de antigüedad”.
“a.4. Las unidades habilitadas para prestar los servicios definidos por ésta Ordenanza deberán adecuarse indefectiblemente a las reglamentaciones que el Municipio ponga en vigencia en virtud de su adhesión a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y sus modificatorias.
“a.5. Abonen la tasa anual de uso y ocupación de la vía pública”.
Asimismo “se deroga toda norma que hubiere sido dictada con anterioridad y se oponga a la presente”.