El Tribunal de Alzada compuesto por Gloria Cárdenas, Olga Estela Gay de Castellanos y Raúl Romero resolvió hace pocos días modificar la pena impuesta y declaró la nulidad parcial de la sentencia de Norberto Osvaldo Jiménez, por lo que un tribunal deberá volver a pronunciarse sobre el  punto cuestionado. El condenado es un artesano de Termas de Río Hondo, que en 2018 se fugó de la alcaidía de esa ciudad y logró ser recapturado.

 

La fiscal Gabriela Gauna había presentado un recurso de alzada contra la sentencia dictada en el año 2019, mediante la cual se le impuso una pena de 11 años de prisión a Jiménez, condenado por amenazas, lesiones leves calificadas por el vínculo y amenazas calificadas, homicidio en grado de tentativa e incendio, todo en concurso real de delitos. La representante del Ministerio Público Fiscal había pedido que se condene al imputado a la pena de 15 años de prisión. La defensa, a cargo de Osvaldo Pérez Roberti, había propuesto la absolución.

Fiscal Gabriela Gauna.

Los hechos sucedieron en el año 2017, en diferentes oportunidades, cuando el imputado amenazó de muerte y agredió físicamente a su expareja. El último episodio tuvo lugar el 20 de julio de ese mismo año, cuando el acusado roció con combustible y prendió fuego la vivienda de la víctima en el barrio España, pero afortunadamente no causó víctimas.

 

Durante el juicio llevado a cabo en agosto del año 2019, el tribunal conformado por Alfredo Daniel Pérez Gallardo, Élida Suarez de Bravo y Juan Carlos Storniolo, resolvió absolver de culpa y cargo al imputado por el delito de amenazas y lo condenó a la pena de 9 años de prisión por los delitos de lesiones leves calificadas por el vínculo y amenazas calificadas; tentativa de homicidio calificado por la relación de pareja, en el marco de violencia de género, e incendio, todo en concurso real de delitos.

 

Como el imputado registraba una pena anterior por el delito de comercialización de estupefacientes, el tribunal procedió a la unificación de penas y condenó al acusado a 11 años de prisión.

 

Ante esa resolución, la fiscal Gabriela Gauna presentó un recurso de alzada, entendiendo que el tribunal incurrió en una errónea valoración de las pruebas y no dio los fundamentos para la aplicación de una pena menor a la que correspondía. Por lo tanto, la fiscal requirió que se revoque la sentencia y se fije una pena mayor.

 

Con la aceptación parcial de su planteo por el tribunal de Alzada, ahora los camaristas deberán volver a pronunciarse sobre la condena que recibió el sujeto y aplicar una pena mayor.